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Monotributo: se promulgó la reforma y rigen los beneficios

La reforma a la ley de monotributo elimina el retroactivo, con lo cual los contribuyentes no deberán afrontar ninguna deuda acumulada en los últimos seis meses.

Se promulgó este jueves la reforma de la Ley de monotributo que elimina el incremento retroactivo que debían pagar los contribuyentes mediante su publicación en el Boletín Oficial.

La norma de monotributo que también impulsa la puesta en marcha de un plan de pago de 60 cuotas para deudores, fue promulgada mediante el Decreto 480/2021, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

Se trata del paquete de reformas del monotributo que aprobó el Senado de la nación hace una semana, por lo cual se modifican las recategorizaciones, se eliminan los retroactivos y se extiende el plazo del vencimiento de agosto.

A partir de la sanción de la nueva ley en el Congreso de la nación, la Afip estableció que el plazo para la recategorización de los monotributistas será semestral, con lo cual podrá hacerse dos veces al año. El próximo período para hacerlo correrá entre el 28 de julio y el 17 de agosto, informó el organismo recaudador.

Además, la ley eliminó los retroactivos, por lo que los contribuyentes no deberán pagar la diferencia resultante entre lo que abonaron entre enero y junio, con los nuevos valores establecidos por la Ley N° 27.618.

Al mismo tiempo, la Afip dispuso postergar al 27 de agosto el vencimiento del monotributo correspondiente a ese mes. En el caso de los pequeños contribuyentes que abonen a través de débito directo por cuenta bancaria o débito automático, la operación también se efectuará el 27 de agosto.

Respecto a las recategorizaciones, resaltaron que los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo con su actividad durante los últimos 12 meses. En ese sentido, las nuevas categorías establecidas en este período serán las que estén vigentes entre el 1° de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

“Las y los pequeños contribuyentes puedan realizar la recategorización con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes”, destacó en ese sentido, la titular de la entidad tributaria, Mercedes Marcó del Pont.

El proyecto busca dar alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas, que suman un total de 4.080.151 contribuyentes; de los cuales 1.592.466 (39%) se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (Amba) y 2.487.685 (61%) en el resto del país.

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