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Qué datos existen sobre la forma en la que el Estado protege a las mujeres de la violencia de género

A más de 12 años de la entrada en vigor de Ley 26.485, de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”, la Argentina aún presenta dificultades en los registros de cifras que surgen de las denuncias por violencia de género y en los alcances de las medidas de protección. En esta nota, publicada por el medio “Chequeado”, los datos que existen sobre el tema.

¿Cómo hace el Estado para que se cumplan estas medidas judiciales para las víctimas de violencia de género? ¿Qué protección tienen las mujeres que se acercan, ya sea en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la OVD como en las provincias a las distintas comisarías y fiscalías?

A más de 12 años de la entrada en vigor de Ley 26.485, de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”, la Argentina aún presenta dificultades en los registros de cifras que surgen de las denuncias por violencia de género y en los alcances de las medidas de protección. A continuación, los datos que existen sobre el tema.

Gozar de medidas integrales de asistencia, protección y seguridad” es uno de los derechos que la Ley 26.485 de “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres” les garantiza a las mujeres y feminidades (es decir, personas que se reconocen como mujeres) en nuestro país desde el momento de su promulgación, en abril de 2009.

A más de 12 años de la entrada en vigor de la norma, la Argentina aún presenta dificultades en los registros de cifras que surgen de las denuncias por violencia de género y en los alcances de las medidas de protección. A continuación, te contamos los datos que existen sobre el tema.

Qué pasa cuando una mujer denuncia violencia de género

De acuerdo con los registros de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de los 251 femicidios ocurridos en 2020, en 41 casos existía al menos una denuncia previa. Cuando una mujer denuncia un episodio de violencia de género, la situación puede desdoblarse en 2 fueros judiciales distintos: el Civil y el Penal, que llevan adelante diferentes tipos de acciones.

Según un informe realizado por la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) del máximo tribunal, se presentaron entre el 20 de marzo de 2020 -día en que empezó a regir la primera cuarentena estricta contra la COVID-19 en todo el país- y la misma fecha pero de 2021, un total de 12.766 personas a formular distintos planteos. El 54% de estas personas fueron a realizar una denuncia en un contexto de “situación límite”. De este último universo de denunciantes, un 99% de los casos fueron derivados a la Justicia Civil y un 87%, a la Justicia Penal.

Dentro de las medidas que se toman en el ámbito civil están la prohibición de acercamiento o de contacto, los botones antipánico y los ceses en los actos de perturbación e intimidación. ¿Cómo hace el Estado para que se cumplan estas medidas judiciales para las víctimas de violencia de género? ¿Qué protección tienen las mujeres que se acercan, ya sea en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la OVD como en las provincias a las distintas comisarías y fiscalías?

La pandemia repercutió directamente en cómo se llevaron adelante las causas. Por ejemplo, una de las decisiones que tomó hace 2 semanas la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil fue prorrogar hasta el 27 de junio de este año todas las medidas que se tomaron desde 40 días antes del 19 de marzo de 2020.

Esto incluye las prohibiciones de acercamiento y también el otorgamiento de los distintos dispositivos (un aparato, un botón, una especie de celular) disponibles en nuestro país: los botones antipánico, las tobilleras y los Dispositivos de Alerta para Mujeres Agredidas (DAMA) -que son similares en su uso a un botón antipánico-.

Estas medidas son tomadas en el ámbito de la Justicia Civil, que, vale aclarar, no tiene la potestad de ordenar la detención de una persona (como sí puede hacerse en la Justicia Penal), por lo que el cumplimiento de las medidas de protección es clave.

Los datos oficiales sobre la entrega de dispositivos

De acuerdo con la información que pudo recabar Chequeado a través de un pedido de acceso a la información pública, la provisión de los dispositivos duales de supervisión, monitoreo y rastreo de agresores y víctimas de violencia doméstica se gestiona a través de la subsecretaría de Acceso a la Justicia que depende del ministerio de Justicia de la nación.

Según describe el ministerio de Justicia, el sistema permite monitorear la ubicación de la víctima y del agresor. “En caso de que el agresor se acerque a la víctima o a la zona de exclusión a una distancia menor a la establecida, se emiten alarmas de emergencia en el Centro de Monitoreo. Entonces un operador toma el caso, da aviso a la justicia o a las fuerzas de seguridad y monitorea las intervenciones posteriores”, señala.

Los dispositivos duales, que permiten el monitoreo de víctima y agresor (y no sólo del agresor, como la tobillera), son los más requeridos porque las autoridades judiciales consideran que son los más efectivos para el monitoreo de situaciones potencialmente violentas o peligrosas. “Esta tecnología, al ser georreferenciada, aumenta la efectividad de la respuesta ante situaciones de riesgo porque permite actuar con antelación cuando el agresor se esté acercando”, señaló durante su gestión la ex subsecretaria de Acceso a la Justicia, María Fernanda Rodríguez.

Además, los dispositivos duales se entregan a las provincias, que son las que tienen el vínculo con los Poderes Judiciales de cada jurisdicción. Los aparatos escasean: 2.114 parejas fueron monitoreadas entre 2016 y 2021 en todo el país, aunque la cifra viene creciendo año tras año.

En la provincia de Buenos Aires hay, en lo que va de este año, 49 parejas bajo esta situación, mientras que, en 2020, fueron 206. Los números muestran que los monitoreos y el alcance subió en estos 5 años, pero que todavía es insuficiente para el volumen de denuncias que se realizan en el país.

“Durante el trámite de la causa, por el tiempo que se juzgue adecuado, el/la juez/a deberá controlar la eficacia de las medidas y decisiones adoptadas, ya sea a través de la comparecencia de las partes al tribunal, con la frecuencia que se ordene, y/o mediante la intervención del equipo interdisciplinario, quienes elaborarán informes periódicos acerca de la situación”, sostiene la Ley 26.485 de Protección Integral de las Mujeres.

¿Qué sucede en aquellos casos en los que la mujer decide irse o se ve obligada a hacerlo?

En la Argentina también existen refugios para víctimas de violencia de género, tanto estatales como del ámbito de la sociedad civil. Según el relevamiento realizado por la Dirección Nacional de Protección de Víctimas de Violencia de Género, hay en el país 142 Dispositivos Territoriales de Protección, es decir, refugios. De ese total, la provincia de Buenos Aires cuenta con 57, con una capacidad total de 643 plazas.

Solo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias de Santa Fe y Entre Ríos cuentan con lugares para albergar a más de 100 mujeres cada una, al igual que la provincia de Buenos Aires. El resto de las jurisdicciones del país no alcanza siquiera este número.

Fuente: chequeado.com

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